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Abuso de temporalidad en la Administración: la nueva sentencia del Supremo que cambia las reglas del juego

Durante años, miles de trabajadores de la Administración Pública han vivido en una situación que parecía “normal”, pero que en realidad escondía un problema enorme: contratos temporales encadenados durante años, interinidades eternas y plazas estructurales cubiertas de forma provisional prácticamente indefinida.

Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, organismos públicos, universidades, servicios de salud… la temporalidad se convirtió en algo habitual.

Pero ahora el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que puede cambiar por completo este escenario. La STS 475/2026 supone uno de los cambios más importantes de los últimos años en materia de empleo público temporal y abre la puerta, en determinados casos, a reclamar la fijeza o importantes indemnizaciones.

¿Qué cambia con esta nueva sentencia?

Hasta ahora, cuando un tribunal entendía que la Administración había abusado de la contratación temporal, la solución habitual era declarar al trabajador como “indefinido no fijo”.

El problema es que esta figura realmente no solucionaba nada. Sí, reconocía que había existido una contratación irregular, pero el trabajador seguía en una situación precaria, porque podía perder su puesto cuando la Administración cubriese la plaza definitivamente. Y precisamente eso es lo que ahora cuestiona el Tribunal Supremo.

La sentencia reconoce que el “indefinido no fijo” ya no es una respuesta suficiente cuando existe un verdadero abuso de temporalidad conforme al Derecho Europeo. Es decir: la Administración no puede utilizar durante años contratos temporales para cubrir necesidades permanentes y después limitarse a mantener al trabajador en una situación inestable.

Entonces… ¿puede conseguirse la fijeza?

Esta es la gran cuestión.

La respuesta es sí, aunque no en todos los casos.

El Supremo deja claro que no habrá una conversión automática en fijo para cualquier trabajador temporal. Pero también establece algo muy importante: cuando el trabajador ya haya demostrado mérito y capacidad en un proceso selectivo para plaza fija, sí puede reconocerse la fijeza.

Esto afecta especialmente a personas que:

  • aprobaron una oposición o proceso selectivo para personal fijo,
  • superaron pruebas eliminatorias,
  • no obtuvieron plaza por falta de vacantes,
  • y posteriormente fueron contratadas temporalmente durante años.

En estos casos, el Tribunal Supremo considera que reconocer la condición de fijo no vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

¿Qué ocurre con quienes solo accedieron por bolsa temporal?

La sentencia también diferencia claramente entre:

  • superar una oposición para plaza fija;
  • y acceder mediante una bolsa de empleo temporal.

Para el Supremo no es lo mismo.

Por eso, en muchos casos la fijeza será más difícil para quienes únicamente accedieron por listas o bolsas temporales. Pero eso no significa quedarse sin derechos. De hecho, la otra gran novedad de la sentencia es que el trabajador puede reclamar una indemnización específica por el abuso sufrido.

La nueva indemnización por abuso de temporalidad

Y este punto puede ser casi tan importante como la propia fijeza.

El Tribunal Supremo reconoce que pasar años en situación de precariedad dentro de la Administración genera un perjuicio real que debe ser indemnizado.

No se trata únicamente de la indemnización por despido o cese, sino de una indemnización adicional por haber sufrido durante años:

  • incertidumbre laboral,
  • falta de estabilidad,
  • pérdida de oportunidades profesionales,
  • limitaciones en la carrera profesional,
  • y daños morales derivados de esa situación.

Además, el Supremo admite que esos daños morales no siempre tienen que probarse de manera exhaustiva y toma como referencia las sanciones previstas en la LISOS, que actualmente pueden oscilar entre 1.000 y 10.000 euros, aunque podrían reclamarse cantidades superiores si existen perjuicios mayores.

Un antes y un después en el empleo publico temporal

La STS 475/2026 no concede una fijeza generalizada para todos los trabajadores temporales, pero sí cambia completamente las reglas del juego.

El Tribunal Supremo reconoce por primera vez de forma clara que el abuso de temporalidad debe tener consecuencias reales y efectivas. Y eso abre una nueva etapa para miles de trabajadores públicos que llevan años en una situación de precariedad dentro de la Administración.

La sentencia obliga a replantear las reclamaciones relacionadas con interinos y personal temporal de larga duración ya que, hasta ahora, muchas demandas se limitaban a pedir el reconocimiento como indefinido no fijo. A partir de esta resolución, habrá que analizar cada caso de manera individual para decidir cuál es la mejor estrategia:

  • reclamar la fijeza,
  • solicitar indemnizaciones,
  • pedir daños morales,
  • o combinar varias acciones.

Especialmente importante será revisar situaciones de:

  • interinos de larga duración,
  • contratos temporales encadenados,
  • interinidades por vacante durante años,
  • trabajadores que aprobaron oposiciones sin plaza,
  • y empleados públicos cesados recientemente.

 

Si considera que su situación puede encajar en los supuestos de abuso de temporalidad analizados, puede consultarnos para su valoración.

 

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